Estas son las 18 excepciones del Día sin carro y sin moto del primero de febrero
La nueva jornada del Día sin carro y sin moto en Bogotá se realizará este jueves, primero de febrero, de 5:00 a.m. a 9:00 p.m., con el propósito de generar hábitos en la ciudadanía encaminados a la movilidad sostenible.
A continuación, las 18 excepciones del Día sin carro y sin moto del primero de febrero, es decir los vehículos que pueden circular:
- Transporte público
- Vehículos conducidos por personas en discapacidad o para su transporte, en cualquier caso, la persona en discapacidad debe encontrarse dentro del vehículo
- Transporte escolar
- Vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros.
- Vehículos destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, incluyendo motocicletas
- Vehículos de emergencia.
- Vehículos destinados al control del tráfico, incluyendo motocicletas y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
- Caravana presidencial.
- Vehículos Militares, de Policía Nacional, de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá.
- Vehículos de servicio diplomático o consular.
- Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
- Vehículos eléctricos o cero emisiones, incluyendo motocicletas.
- Carrozas fúnebres.
- Motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio.
- Vehículos destinados para el control operacional y mantenimiento del SITP.
- Control de emisiones y vertimientos, incluyendo motocicletas.
- Vehículos de transporte de valores.
Aquí, un post de la Secretaría de Movilidad con más información de las excepciones del Día sin carro y sin moto:
No pueden circular:
- Carros y motos particulares
- Vehículos y motos de las escuelas de conducción
- Vehículos con permiso de pico y placa solidario
- Vehículos particulares de medios de comunicación
- Vehículos híbridos
- Vehículos dedicados a gas
- Taxis con pico y placa (placas terminadas en 7 y 8)
- Vehículos de carga con restricciones establecidas (Decretos 840 de 2019 y 077 de 2020): Vehículos de año modelo superior a 20 años en toda la ciudad. Horario: Entre las 6:00 a.m. y las 8:00 a.m., y entre las 5:00 p.m. y las 8:00 p.m.