Corte Constitucional declara ajustados a la Constitución aportes de la Nación a la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca
- Tribunal descartó una demanda y consideró que se cumplió con el procedimiento para expedir la norma.
- El pronunciamiento quedó establecido en la Sentencia C-425/23.
(Cundinamarca, 25 de octubre de 2023). La Corte Constitucional desestimó una demanda en contra del artículo 42 de la Ley 2199 de 2022 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca que establece un aporte anual de la Nación para financiar a esta entidad de asociatividad territorial.
En su sentencia C-425/23, la entidad judicial declaró la asequibilidad del artículo 42 de la citada norma, es decir, que está acorde con la Constitución. “La Sala Plena concluyó que el concepto sobre el impacto fiscal que presentó el Ministerio de Hacienda durante el trámite legislativo fue estudiado y deliberado dentro del Congreso de la República. En consecuencia, los congresistas cumplieron con su obligación de analizar la incidencia de este gasto en las finanzas públicas”, afirma la sentencia.
La Ley Orgánica 2199 de 2022 desarrolla el artículo 325 de la Constitución Política y expide el régimen especial de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y en su artículo 42 establece que la Nación anualmente aportará, en calidad de transferencia no condicionada y de libre destinación, una suma no inferior a $75.000 millones a partir del 2023. El monto aumentará anualmente en un porcentaje igual al índice de Precios al Consumidor (IPC), del año inmediatamente anterior.
El demandante argumentaba que, durante el trámite legislativo, el Congreso había incurrido en un vicio de procedimiento porque no había tenido en cuenta la exigencia de analizar el impacto fiscal de la medida adoptada.
La Corte Constitucional “constató que la norma acusada ordenó un gasto porque estableció́ la obligación de efectuar una transferencia no condicionada y detalló, de forma concreta, los elementos que se deben tener en cuenta para realizar el aporte nacional a la Región Metropolitana”, menciona el comunicado de la alta Corte.
El Alto Tribunal encontró que el Ministerio de Hacienda rindió el concepto sobre el impacto fiscal durante el trámite del artículo cuestionado, intervención que fue estudiada y debatida por los congresistas y que, por lo tanto, el legislador cumplió con el estándar de deliberación exigido para estos casos y valoró, deliberó y acogió el sentido del criterio técnico del Ministerio de Hacienda.
La sentencia de la Corte Constitucional significa un espaldarazo más a la Región Metropolitana y, en particular, a la decisión de contar con recursos, provenientes del presupuesto nacional, para ejecutar proyectos estratégicos para el beneficio de sus asociados.